POR LA CONDONACIÓN DE LAS PENSIONES A LAS FAMILIAS DE LA ESCUELA MATERNAL UPN

La Escuela Maternal de la Universidad Pedagógica Nacional nace en el 2003 como un proyecto único en el país con dos objetivos: mejorar la calidad de vida de estudiantes y trabajadoras de la universidad con hijos pequeños y como proyecto de extensión de la Facultad de Educación. La Escuela favorece el desarrollo íntegro de menores de 4 años de funcionarias y funcionarios, docentes, estudiantes y particulares por medio de experiencias lúdicas en espacios especializados óptimos en riqueza comunicativa y conocimientos. Además, contribuye a reducir el riesgo de deserción estudiantil y es un espacio para realizar prácticas pedagógicas, promoviendo la investigación en educación inicial.

Actualmente, en la Escuela Maternal el 61% de los padres y madres son estudiantes de la UPN, que como mucha de la juventud del país se ha visto afectada por la crisis económica agudizada por la pandemia de la COVID-19. En medio de las dificultades deben escoger entre poder solucionar necesidades básicas o la pensión de sus hijos e hijas, la cual tiene un costo de $80.000 mensuales. Teniendo en cuenta que los ingresos de la UPN por concepto de pensión de la Escuela Maternal se estiman para la vigencia 2020 en $100.357.963, equivalente al 0,28% del recaudo de los recursos propios, y previendo que gastos como los $518.750.000 de viáticos y gastos de viajes u otros no se ejecutarán en esta contingencia sanitaria, se puede concluir que es posible condonar dichas pensiones.

Solicitamos al Consejo Superior de la UPN aprobar dicha condonación y al gobierno nacional en cabeza del presidente Iván Duque, que es el único que cuenta con el musculo financiero y la capacidad normativa para destinar los recursos suficientes a la Universidad Pedagógica Nacional para ayudar a contrarrestar la crisis económica y sanitaria, concurrir con lo necesario para cubrir las matrículas de la comunidad estudiantil y también de las pensiones de la Escuela Maternal. Conminamos al Consejo Superior a no censurar la voz y el voto de la Representación Estudiantil en esta solicitud, que nuestro representante la suscriba no es causal de impedimento para votar o discutir el asunto, por el contrario, es parte de sus funciones elevar y apoyar las peticiones de los y las estudiantes; mientras no haya un beneficio personal en la solicitud, no hay ningún impedimento.

 

Helen Alexa Rojas Montenegro.

Licenciatura Educación Infantil

Bogotá D. C., 21 mayo de 2020.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *